Asamblea Nacional aprobó Ley Desarme

Este martes fue aprobada la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones en la Asamblea Nacional de manera unánime.

"Queda sancionada y será enviada el Ejecutivo nacional", expresó el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello.


La normativa legal, que está compuesta por 126 artículos, restringe la venta de armas de fuego y municiones a ciudadanos particulares y establece que quienes posean de forma ilícita un arma de fuego serán sancionados con una pena entre siete y 20 años de prisión.

Entre los artículos de esta norma destacan el 26, que prohíbe la exhibición de armas de fuego en lugares públicos; el 28, que trata los requisitos comunes para el otorgamiento de permisos para porte de armas a personas jurídicas; el 29, sobre el permiso de tenencia de armas de fuego para la protección de bienes; y el 30, que versa sobre el permiso de tenencia de armas para el traslado y custodia de bienes y valores para personas jurídicas.

El anteproyecto de esta norma fue presentado por la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y Desarme, tras su elaboración mediante un proceso de consulta nacional, realizado entre esa instancia y el Poder Legislativo.

El presidente de la AN, Diosdado Cabello, agradeció este martes a todos las personas e instituciones que hicieron posible la elaboración del proyecto de Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, entre ellos, el poder popular, artistas, cultores y representantes de poderes públicos.

“Es un esfuerzo que se hizo en todo el territorio nacional, por lo que queremos reconocer la participación de las personas e instituciones en la elaboración de la ley”, expresó Cabello.

Destacó que con este instrumento jurídico se reforzará los planes de seguridad del Gobierno Nacional, diseñados para combatir la delincuencia y la inseguridad y garantizar la seguridad, la tranquilidad y el vivir bien de los venezolanos.

El proyecto de Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones se remitió al Ejecutivo Nacional para su posterior promulgación.

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