Instrucción Pre-Militar


Indice
1. Introducción
2. Esquema
3. Conclusión
4. Bibliografía

1. Introducción

En el presente trabajo le hablaremos acerca de las relaciones que tienen los poderes judiciales, regionales y municipales en cuanto a sus organizaciones y funciones.

2. Esquema

- Relaciona el poder nacional con el poder regional y el municipal, tomando en cuenta organización y funciones.

- Representación de la soberanía del Estado venezolano en el exterior.
Embajador (organización)
Consulado (funciones)

- Relaciona el poder nacional con el poder regional y el municipal, tomando en cuenta organización y funciones.
El Poder Público Nacional:

El Poder Público Nacional se divide según el artículo 36 de la Constitución de 1999, en legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral.

Poder Legislativo Nacional: 

El Poder Legislativo Nacional, según la Constitución, estará presidido por la Asamblea Nacional y estará integrado por diputados(a) en cada entidad federal por votación universal y directa.
Algunas de las atribuciones de la asamblea son:

- Proponer enmiendas y reformas a la constitución.

- Velar por los intereses y la autonomía de los estados

- Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la administración pública.
Condiciones para ser elegido diputado:

- Ser Mayor de 21 años de edad.

- Haber residido cuatro años consecutivos en la entidad correspondiente antes de la fecha de elección.

Poder Ejecutivo:

El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente de la República, el vicepresidente ejecutivo, los ministros y demás funcionarios que determinen la Constitución vigente.
El Presidente de la República es el jefe del Estado del Ejecutivo Nacional, su período de gobierno es de seis años; puede ser reelegido de inmediato por solo una vez para un período adicional.

Poder Judicial:

El poder judicial es el organismo encargado de aplicar la ley. El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determinan la ley como el ministro público, la defensoría pública, los funcionarios de justicia etc.

El Poder Electoral:

Se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector.
Entre sus atribuciones se encuentran:

- Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas que éste contenga.

- Organizar, administrar, dirigir y vigilar todos los actos relativos a la elección de cargos de representación popular de los poderes públicos así como el referéndum.

- Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral.

El poder ciudadano:
Se ejerce a través del Consejo Moral Republicano integrado por el defensor del pueblo, el fiscal general y el contralor general de la República.
Los órganos que ejercen el poder Ciudadano tienen a su cargo, de conformidad con la Constitución vigente, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y la moral administrativa, velando por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público.

El poder Público Municipal:

Los municipios constituyen la unidad política primaria de la organización Nacional; gozan de personalidad jurídica y autonómica dentro de los límites de la Constitución.
El municipio podrá crear parroquias conforme a las condiciones que determinen la ley.
El Gobierno y la administración del municipio corresponden al alcalde, quien será la primera autoridad civil
La función legislativa del municipio corresponde al Consejo, integrado por concejales elegidos en forma establecida a la actual constitución.
El Poder regional:

La Constitución Nacional de 1999 establece en su artículo 160 que "el gobierno y administración de cada estado corresponde a un gobernador(a)" el cual requiere ser venezolano mayor de 25 años y de estado seglar. Podrán ser elegidos por 4 años dependiendo de la mayoría de las personas que voten a favor y podrán ser reelegidos de nuevo por una ves más.

- Representación de la soberanía del Estado venezolano en el exterior.
Embajador (organización)
Consulado (funciones)

El concepto de Soberanía Nacional es establecida en 1999 en el artículo 1: "La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamentalmente su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz. Esto se llama Soberanía; nadie puede decidir por la Nación; pero en esta toma de decisiones intervienen políticas de desarrollo que lo denominamos: poder nacional.
Las relaciones internacionales facilitan el entendimiento mutuo entre las diversas naciones; cuando hablamos de estas relaciones internacionales, debemos resaltar que nuestro país está bien delimitado en todos sus espacios y tiene bien claro el termino de soberanía y su principal deber es garantizar y preservar la soberanía.

Embajadas:

Son instituciones políticas que se encuentran dentro del órgano del Poder Ejecutivo, las cuales se encargan de llevar a cabo los planes de desarrollo, proponer obras, representando al país en el exterior.
Consulados:

Es la institución en la cual un funcionario actúa, en un país extranjero, en representación de los derechos internacionales de su población.

3. Conclusión

Al finalizar este trabajo hemos conocido la importancia de los poderes nacionales, regionales, municipales y la influencia de los países exteriores hacia nosotros los venezolanos en material político, económico y social.

4. Bibliografía

Texto Básico de la instrucción pre-militar 1er año de educación media, diversificado.

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